La rescisión del contrato de compraventa por vicios ocultos

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Date

1997

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Universidad de Cuenca. Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Políticas y Sociales

Abstract

Resumen

El deber de garantía por vicios ocultos consiste en asumir por poder del vendedor las consecuencias producidas que puede sufrir el adquiriente de una cosa defectuosa. Los requisitos que deben reunir los defectos para ser considerados vicios redhibitorios son: Debe tratarse de vicios ocultos originado en causa anterior o concomitante al acto de transmisión. Deben ser desconocidos por el adquiriente. Comprobados los vicios redhibitorios, el perjudicado tendrá opción de ejercer cualquiera de las acciones edilicias que le reconoce la ley. In redhibitorio por lo cual se puede solicitar la rescisión del contrato, devolviendo la cosa y exigiendo la restitución del precioy la acción estimatoria por medio de la cual se pdrá reclamar la rebaja del precio en proporción al deterioro de la cosa.

Keywords

Derecho Civil, Vicios redhibitorios, Contratos

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C-569

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Grado Académico

Doctor en Jurisprudencia y Abogado de los Tribunales de Justicia de la República

Director de tesis

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