Obligaciones que se forman sin convención en la legislación civil ecuatoriana
No Thumbnail Available
Date
2002
Authors
Journal Title
Journal ISSN
Volume Title
Publisher
Universidad de Cuenca. Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Políticas y Sociales
Abstract
Resumen
Francis Bacon, filósofo y jurista inglés, creador del empirismo, 1561-1626, en su aforismo IX. observa que dos son las causas de incertidumbre en la aplicación de la Ley: Primera, las lagunas de ésta, o sea. la insuficiencia legal; Segunda, los textos ambiguos u oscuros. La primera dificultad se evita estableciendo unas normas supletorias de la Ley, las cuales entrarán en vigor en su defecto con sujeción a un determinado orden de prefación. La Segunda, mediante el empleo de la interpretación o aclaración de los lugares dudosos de la Ley. Por esta serie de dificultades que ofrecen las Leyes, los juristas romanos, con la finalidad de ampliar la teoría de las obligaciones que antes de Gayo, resultaban demasiado corta la clasificación de las obligaciones ex contráctil y las obligaciones ex delito, este legislador, ideó una tercera clasificación o fuente a la que denominó ex variis causarum figuris, en las que ubicó un gran número de vínculos de efectos variados, que, si bien non ex contractu; pero Quasi ex contráctil nascuntur.
Keywords
Derecho Civil, Obligaciones sin convención, Cuasicontratos, Acción de indemnización
Citation
Código de tesis
C-761
Código de tesis
Grado Académico
Doctor en Jurisprudencia y Abogado de los Tribunales de Justicia de la República
Director de tesis
Enlace al documento
https://biblioteca.ucuenca.edu.ec/digital/s/cerrada/ark:/25654/12599
