El delito de usura en la legislación ecuatoriana

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1997

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Resumen

Al criminalizar la usura en nuestro ordenamiento jurídico penal, es precisamente porque la sanción civil al agiotista no ha frenado el ímpetu, del abuso del que tiene capital. Dos conductas son las que sanciona nuestra ley penal: la habitual art. 584, y encubierta el 585, consumado generalmente con el consentimiento del sujeto pasivo. El bien jurídico protegido por la ley en el préstamo usuario es la propiedad, pero la propiedad del prestatario, estipulado en interés mayor que el permitido por la ley, aunque el interés legal en el Ecuador no es una regla rígida.

Keywords

Delito De Usura, Derecho Penal

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P;641

Grado Académico

Director de tesis

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