La posesión en el derecho civil ecuatoriano

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Date

1943

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Publisher

Universidad de Cuenca. Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Políticas y Sociales

Abstract

Resumen

En su acepción vulgar, poseer quiere decir tener, ocupar, actual y corporalmente, una cosa, bien sea con derecho o sin derecho alguno. De la significación de la palabra poseer deducimos: que la posesión equivale a tenencia; es decir, a la aprehensión de algún objeto. Todos los que ocupan una cosa se dicen que poseen, ya sea que el poseedor de la cosa tenga derecho sobre ella o no la tenga; así, un ladrón cuyo fin es despojar a sus semejantes de las cosas que éstos poseen, mediante esfuerzos y sacrificios, nunca pueden tener un derecho perfecto en todas las cosas robadas; y, sin embargo, nadie puede negar que está poseyendo naturalmente; aunque a la vista ésta es ilegal e injusta; ahora bien si comparamos éste modo de poseer del ladrón con lo que posee sobre sus cosas un hombre honrado que lo ha adquirido a cualquier título, vemos que la posesión tanto del ladrón como la del hombre honrado, son iguales, y por lo tanto no hay diferencia sustancial, por cuanto como vemos ambos ocupan la cosa solo que la posesión del uno es ilegal y la del otro legal. En conclusión a éste respecto podemos decir que para que haya posesión natural, no es menester que haya un derecho preestablecido que por razón de él le da la posesión; sino que es menester la tenencia o tener la cosa, bien tenga o no ánimo de señor y dueño; por lo tanto es muy claro suponer y ver el sentido vulgar y común de la palabra poseer que equivale a tener y ocupar actual y corporalmente una cosa sin o con derecho alguno.

Keywords

Derecho Civil, Derechos reales, Posesión de bienes

Citation

Código de tesis

C;257

Código de tesis

Grado Académico

Doctor en Jurisprudencia

Director de tesis

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