Acción y excepciones. Demanda y contestación, relación procesal de estos elementos
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Date
1951
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Publisher
Universidad de Cuenca. Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Políticas y Sociales
Abstract
Resumen
Todos los individuos que viven en un Estado, conservan su autonomía y desarrollan sus actividades con el objeto de conseguir un fin; pero es necesario que todas sus actividades estén enmarcadas dentro de la esfera de la ley, existiendo un poder capaz de supervigilar y mantenerlos dentro de esa esfera.
Cuando todas las personas cumplen estrictamente las disposiciones de la ley, no se produce ninguna alteración jurídica; pero esto no ocurre siempre, es decir, los preceptos de derecho no son acatados en forma general, sino que en ocasiones se los viola, luego surge una pretensión que es contrarrestada por otra y se produce la litis o controversia.
El conflicto no solo puede aparecer entre uno o más individuos, puede suscitarse entre individuos y el Estado, etc.; con esto se ha dado nacimiento a la acción, que puede ser ejercitada por el que se crea perjudicado en sus intereses.
Como la acción tiene su nacimiento en la violación del derecho, se debe averiguar dentro de que división de éste se halla enmarcada aquella.
El Derecho se divide principalmente en: Derecho Objetivo y Derecho Subjetivo.
Derecho Objetivo, es el conjunto de reglas a que están sometidos los individuos de una sociedad. Derecho Subjetivo, es la facultad protegida y amparada por la ley.
Keywords
Derecho Civil, Derecho procesal
Citation
Código de tesis
C;256
Código de tesis
Grado Académico
Doctor en Jurisprudencia
Director de tesis
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