Principios que instruyen al derecho procesal penal, presentes en el código de procedimiento penal ecuatoriano, orientadores y reguladores del proceso; cuyo es es resguardar los derechos de las partes en el trámite del juicio. Refiere entre otros a los siguientes principios: carácter exclusivo y obligatorio de la función judicial, principio de independencia. Imparcialidad de los jueces. Igualdad de las personas. Principio de oir a la persona contra la cual va a surtir la desición: Principio de publicidad del proceso. Principio de la obligatoriedad de procedimientos. De la verdad procesal. Cosa juzgada, congruencia de imputación y sentencia, humanización, inquisitivo, impulsión oficiosa, celeridad, oralidad, impugnación, inmediación, etc.
Grado Académico:
Doctora en Jurisprudencia y Abogada de los Tribunales de Justicia de la República
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