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Please use this identifier to cite or link to this item: http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/44035
Title: La exención tributaria generada al impuesto a la herencia dentro de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y la Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia COVID-19. Caso No. 110-21-IN y acumulados
Other Titles: La exención tributaria generada al impuesto a la herencia dentro de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y la Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19. CASO No. 110-21-IN y acumulados
Authors: Zambrano Valderrama, Camila Gabriela
metadata.dc.contributor.advisor: Torres Rodas, Marlon Tiberio
metadata.dc.description.uri: 
0000-0003-2247-9035
metadata.dc.subject.other: Clasificación de la Investigación::Derecho::Derecho Mercantil
Keywords: Derecho Mercantil
Exenciones tributarias
Sucesión intestada
Issue Date: 28-Feb-2024
metadata.dc.format.extent: 30 páginas
Publisher: Universidad de Cuenca
metadata.dc.type: submittedVersion
Abstract: 
In the national tax system, capital gains arising from inheritance by death are subject to income tax, recognized as Inheritance Tax. The rules contained in the Internal Tax Regime Law, and in several legal reforms after said Law, indicate how the successors must comply with the tax payment when the generating event occurs, which in this type of tax is from the effective possession. Among these reforms, it is necessary to take into consideration, especially the one produced with the entry into force of the organic Lawfor economic development and fiscal sustainability after the COVID-19 pandemic, which established differences between the successors for purposes of payment of Income Tax on Inheritances and Legacies; this regime of distinctions was analyzed by the Constitutional Court of Ecuador in which it was established that such distinctions may be unjustified, due to the lack of observance of the doctrine, the Law in force and the jurisprudence.
Description: 
En el ordenamiento jurídico tributario nacional, los acrecimientos patrimoniales que se producen por sucesión por causa de muerte se encuentran gravados con el Impuesto a la Renta, mismos que han sido reconocidos como Impuesto a la Herencia. Las normas contenidas en la Ley de Régimen Tributario Interno, y en varias reformas legales posteriores a dicha Ley señalan la forma en la que los sucesores deben cumplir con el pago del tributo, a partir de que se produce el hecho generador, que en este tipo de tributo es desde la posesión efectiva. Entre esas reformas es necesario tener en consideración especialmente la producida con la entrada en vigencia de la ley orgánica para el desarrollo económico y la sostenibilidad fiscal tras la pandemia COVID-19, que estableció diferencias entre los sucesores para efectos del pago del Impuesto a la Renta por Herencias, Legados y Donaciones; este régimen de distinciones fue motivo de análisis por parte de la Corte Constitucional del Ecuador en el que se llegó a establecer que dichas distinciones pueden resultar injustificadas, por la falta de observancia a la doctrina, la ley vigente y la jurisprudencia.
URI: http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/44035
metadata.dc.relation.ispartof: M;275
metadata.dcterms.description: 
Abogado
Appears in Collections:Tesis de Pregrado

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