El fideicomiso mercantil, aparece en nuestra legislación a través de la Ley de Títulos de Crédito de 1963, ley que tuvo poca duración y no trajo ningún avance en la materia. Treinta años después, la figura del fideicomiso es incorporada por el artículo 80 de la Ley de Mercado de Valores de 1993; sin embargo, continuó siendo insuficiente dada la complejidad y los efectos jurídicos que produce una figura de corte anglosajón en legislaciones de corte romanista como la ecuatoriana.
La presente tesis va a analizar la figura del fideicomiso mercantil prevista en la Ley de Mercado de Valores de 1998, normativa que incorpora un elemento único en las legislaciones latinoamericanas, esto es, la dotación al fideicomiso mercantil de personalidad jurídica; además de los orígenes, estructura y funcionamiento de esta institución.
El fideicomiso mercantil, nace con la finalidad de constituirse en un vehículo seguro, eficaz e idóneo para encargar a una tercera persona profesional y especializada el desarrollo de una gestión, (Administradoras de Fondos y Fideicomisos), en beneficio propio o de un tercero beneficiario designado por éste; por lo cual se ha convertido en un contrato de medio de gran significación que permitirá la estructuración de negocios y la continuidad de los mismos
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Abogada de los Tribunales de Justicia de la República y Licenciada en Ciencias Políticas y Sociales
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