Ecuador: el plan de desarrollo y ordenamiento territorial cantonal y la formulación del “plan de uso y gestión del suelo”
Loading...
Date
2018
Authors
Journal Title
Journal ISSN
Volume Title
Publisher
Universidad de Cuenca
Abstract
Resumen
De conformidad con la Disposición Transitoria Quinta de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso
y Gestión de Suelo (LOOTUGS), los gobiernos provinciales, municipales y parroquiales rurales, en el plazo de un año del período de mandato de las autoridades locales en funciones, deben proceder a la adecuación o actualización de sus Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDOT). Particularmente, los planes cantonales -por disposición del Artículo 27 de la mencionada ley- contendrán un Plan de Uso y Gestión de
Suelo (PUGS).
Con este antecedente, el presente trabajo ha sido elaborado con el propósito de contribuir al cumplimiento oportuno de las disposiciones legales antes señaladas por parte de las municipalidades
ecuatorianas, en una coyuntura caracterizada por serias dificultades técnicas nacidas de las generalidades, imprecisiones y vacíos del marco legal, que intenta regular el ejercicio de las competencias constitucionales, de planificar el desarrollo y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial de las provincias, cantones y parroquias rurales por parte de sus gobiernos locales, y –se ha dicho ya–, en el caso de los segundos, con la inclusión del llamado PUGS,
cuyas determinaciones en gran medida suplantan a las propias de los Planes de Ordenamiento Territorial
Cantonal (POT Cantonal).
En una primera parte, el trabajo aborda algunos aspectos centrales sobre el marco legal, seguida de una
propuesta para el debate, la cual en coherencia con los análisis precedentes, por una parte, sustenta un
amplio conjunto de consideraciones previas y luego expone en detalle las determinaciones que deben contener el POT Cantonal, incluyendo al PUGS.
Keywords
Gestión del suelo, Territorio, Arquitectura, Ordenación territorial, Uso del suelo
