Las reformas al artículo 36 del código de procedimiento penal y el indubio pro reo

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2010

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Resumen

En el presente trabajo se analizará la concepción de la acción dentro de nuestra legislación penal vigente; así como se enfocará los tipos de acción, esto es, la acción pública y privada, para determinar sus diferencias y efectos que cada una de ella. Además se tratará sobre las normas de interpretación de la ley dentro de nuestra legislación, para así llegar a determinar el principio del in dubio pro reo que nuestra Ley Suprema lo consagra como una de las garantías constitucionales del acusado, y con ello avanzar hacia el tema de las reformas publicadas en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 555 de fecha, 24 de marzo del 2009; en la que el Art. 36 del Código Adjetivo Penal en vigencia es modificado, y los delitos de: estafa y otras defraudaciones, excepto en los casos en que se determine que existen 15 o más víctimas u ofendidos por el mismo hecho antijurídico; la violación de domicilio; La revelación de secretos de fábrica; el hurto; y, las lesiones que no superen los treinta días de enfermedad o incapacidad para el trabajo, excepto en los casos de violencia intra familiar y delitos de odio se convierten, de delitos acción oficial a injustos de acción privada, y con ello se cambia la situación de muchas personas que en ese momento estaban siendo procesadas por los delitos mencionados como de acción pública.

Keywords

Procesal Penal, Administracion De Justicia, Accion Publica, Principio De Excepcion, Indubio Pro Reo, Tesis De Diplomado Superior En Derecho Procesal Penal

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TD4;291

Grado Académico

Director de tesis

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