Todo acto jurídico comprende condiciones de existencia: voluntad, objeto, causa, solemnidades y condiciones de validez; voluntad no viciada; capacidad de las partes, objeto lícito, causa lícita. El consentimiento es el acto en que dos o más voluntades estipulan sobre un mismo objeto, los vicios del consentimiento son: error, fuerza, dolo, lesión. La capacidad es la aptitud legal para adquirir y ejercer derechos, se debe diferenciar: capacidad de goce y capacidad de ejercicio. El objeto es la prestación misma, debe ser real, posible, comerciable, determinado, lícito. La causa es el mutuo legal que induce al acto, debe ser real y lícita.
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Doctor en Jurisprudencia y Abogado de los Tribunales de Justicia de la República
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