La compañía anónima aumenta su capital por los medios establecidos en el art. 196 de la Ley de Compañías y por causas de: necesidad económica, pérdidas que se generan en el ejercicio económico, cuando tiene un capital inferior al que exige la ley, si su capital no alcanza para que la compañía cumpla su objetivo social. La compañía disminuye su capital por: tener capital excesivo, pérdidas, disminución de valor de bienes. La ley no exige que se mencionen las causas para la reducción. El trámite de reducción de capital se sujeta a oposición de terceros. Una compañía puede disminuir y aumentar su capital simultáneamente. [idem.]
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Doctora en Jurisprudencia y Abogada de los Tribunales de Justicia de la República
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