Brito Chicaiza, Christian DavidDelgado Vazquez, Bolivar Efrain2023-06-162023-06-162022978-9978-14-499-20000-0000http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/42205https://editorial.ucuenca.edu.ec/omp/index.php/ucp/catalog/book/56La relación maxilomandibular conformada por dos componentes; un componente dental, representado por los dientes superiores e inferiores que se relacionan después del cierre completo de la mandíbula, dando lugar a lo que se conoce como posición de máxima intercuspidación (MIC), la misma, es definida como “la intercuspidación completa de los dientes opuestos independientemente de la posición condilar” (1). Por otro lado, la posición de los cóndilos mandibulares en el cráneo, conocido como relación cóndilo-fosa (2). A partir de estos componentes nace el concepto de relación céntrica (RC), que a lo largo de la historia ha tenido numerosos cambios en su definición (3) que han generado confusión (4), pero en la actualidad, según la novena edición del glosario de términos prostodónticos, es definida como “la relación maxilomandibular, independiente del contacto dentario, en la que los cóndilos se articulan en la posición anterosuperior contra las pendientes posteriores de las eminencias articulares; en esta posición, la mandíbula está restringida a un movimiento puramente rotatorio; a partir de esta relación maxilomandibular fisiológica, no tensada, el paciente puede realizar movimientos verticales, laterales o protrusivos; es una posición de referencia repetible y clínicamente útil”es-ESDesordenes temporomandibularesRelación céntricaDiscrepancia entre relación céntrica y máxima intercuspidación en el desarrollo de trastornos temporomandibularesCAPÍTULO DE LIBRO