Universidad de CuencaFacultad de Filosofía, Letras y Ciencias de la EducaciónFacultad de Arquitectura y UrbanismoVincenza Nufrio, Anna2020-10-302020-10-302017978-9978-14-357-5http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/34992La Constitución ecuatoriana establecía en su Primera Disposición Transitoria, el plazo de ocho años para la conformación de regiones autónomas, en tanto una de las más firmes estrategias destinadas a promover el desarrollo equitativo y solidario de todo su territorio, fortaleciendo para el efecto el proceso de autonomías y descentralización. Sin embargo, en el mes de diciembre de 2015, una de las llamadas “Enmiendas Constitucionales” aprobadas por la Asamblea Nacional, modificó tal disposición, disponiendo que la Ley que regule la descentralización territorial de los distintos niveles de gobierno y el sistema de competencias, fije el plazo para la conformación de regiones autónomas.application/pdf168 páginasspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacionalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/EconomíaHistoria económicaPlanificaciónProvincia del AzuayProvincia de Morona SantiagoProvincia de CañarDesarrollo regionalEl CREA como organismo de desarrollo regional: guía razonada para la consulta del Archivo Histórico del Centro de Reconversión Económica del Azuay, Cañar y Morona Santiago (1958-1979)BookopenAccess