Morales Alvarez, JorgeSarmiento Ochoa, Judith2019-03-282019-03-281996http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/32154Toda persona es legalmente capaz, excepto aquellas que la ley declara incapaces y los que han sido declarados interdictos. Por interdicción se entiende, en general, una prohibición personal de administrar bienes. Efectivamente, en nuestro derecho, la interdicción no afecta a las cosas, o a una cosa determinada, sino a las personas, aunque puede referirse de modo especial a ciertos bienes que se comprenden en la interdicción, o que al contrario se exceptúen de ella.application/pdfspaInterdiccionDerecho CivilLegislacion CivilLa interdicción en la legislación civilbachelorThesis