Machuca Bravo, KaisserArciniegas Castro, Mariela Mercedes2014-06-262014-06-262005http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/11381Normalmente el Proceso Civil termina en sentencia, excepcionalmente el Código Civil Adjetivo regula formas especiales de terminación del proceso como son: El Desistimiento, Allanamiento, Abandono, Transacción, Conciliación, Mediación y Arbitraje, Renuncia de derechos; que constituye los negocios jurídicos procesales, que son manifestaciones de voluntad encaminadas a surtir efectos jurídicos dentro de los límites de la ley procesal, que es de orden público y de carácter cestrictivo, consecuentemente en los negocios jurídicos procesales prima el interés colectivo sobre el individual y solo se puede hacer aquello que está expresamente permitido por la leyapplication/pdfspaopenAccessAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacionalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Derecho CivilLey procesalDesistimientosAllanamientosAbandonosTransaccionesConciliacionesMediacionesArbitrajesRenuncia de derechosNegocios juridicos procesales como formas especiales de terminación del Proceso CivilbachelorThesis