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Please use this identifier to cite or link to this item: http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/895
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dc.contributor.advisorBermúdez Coronel, Lucilaes_ES
dc.contributor.authorGuanolique Minchala, Sandra Irenees_ES
dc.date.accessioned2013-06-05T16:26:38Z-
dc.date.available2013-06-05T16:26:38Z-
dc.date.issued2010es_ES
dc.identifier.urihttp://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/895-
dc.descriptionEn el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española no aparece la palabra femicidio, si recurrimos al código penal vigente tampoco se encuentra tipificado como delito. En definitiva, el femicidio no es todavía una problemática reconocida ni tampoco visibilizada socialmente. Esta situación nos conduce a dos aristas de análisis: por un lado, se trata de una temática que debe mostrarse para que exista ; y por otro lado, es un concepto que se encuentra en proceso de constitución. El femicidio no es sinónimo de violencia de género o contra las mujeres, sino una consecuencia extrema de ésta. Se trata de un homicidio agravado donde la víctima es una mujer que sufre este delito por su condición femenina, donde el victimario tiene un vínculo con la víctima (familiar, laboral, barrial) y donde el Estado actúa permisivamente convirtiéndose en crimen de lesa humanidad. La causa principal de la violencia contra las mujeres se deriva del sistema patriarcal en el que se desenvuelve nuestra sociedad; la educación, la religión y los medios de comunicación diseñan una desigualdad entre el sexo débil y el sexo fuerte , en el que los hombres tienen el poder. Es importante entonces crear la figura jurídica del Femicidio pues no se puede seguir juzgando como un simple homicidio ya que en ésta concurren agravantes como odio, discriminación, en las muertes violentas de mujeres hay signos de tortura, mutilaciones, saña y/o violencia sexual. Esta violencia implica demencia, por lo que este tipo de crimen debe ser tratado como un caso aislado. Por otro lado desde una perspectiva Penal mientras la mayor parte de las legislaciones sobre violencia contra las mujeres abordan particularmente conductas que -desde la perspectiva penal- se consideran de menor gravedad - las leyes que tipifican el femicidio hacen exactamente lo contrario, su objetivo es sancionar los delitos más graves que pueden cometerse como formas de violencia contra las mujeres.es_ES
dc.formatapplication/pdfes_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.relation.ispartofseriesP;896es_ES
dc.rightsopenAccess-
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/-
dc.subjectDiscriminaciones_ES
dc.subjectFemicidioes_ES
dc.subjectMujeres Violenciaes_ES
dc.subjectViolencia De Generoes_ES
dc.subjectDerecho Penales_ES
dc.titleFemicidio expresión máxima de la violencia contra las mujeres una mirada desde los derechos humanoses_ES
dc.typebachelorThesises_ES
dc.ucuenca.paginacion30 páginas-
dc.description.degreeAbogada de los Tribunales de Justicia de la República y Licenciada en Ciencias Políticas y Socialeses_ES
dc.description.cityCuencaes_ES
dc.ucuenca.id0300352432es_ES
Appears in Collections:Tesis de Pregrado

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