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Título : Análisis a las contribuciones especiales en el Ecuador, y que entidades públicas tienen la potestad de cobro de las mismas, de acuerdo al ordenamiento jurídico
Autor: Muñoz Castro, Juan José
Director(es): Torres Rodas, Marlon Tiberio
Palabras clave : Disposicion Legal
Contribucion Especial
Tributos
Potestades
Desentralizacion
Derecho Administrativo
Fecha de publicación : 2018
Paginación: 62 páginas
Ciudad: 
Cuenca
Código Interno : A;137
Tipo: bachelorThesis
Abstract: 
Within the legal framework of our country, we find what we call Special Contributions or Special Assessment Taxes and as a particular dedicated branch of this category, we have Special-purpose Contributions, which through their legally established collection, aim towards the improvement and development of the State, as such. To secure effective rule of law throughout the country, we have different levels of government, which is why it is of vital importance to determine the fate or whereabouts of these special contributions. This is why, the present paper offers an academic analysis of which public entities shall be entitled to charge this type of Special Contribution to general citizens. Confusion may arise due to the application of the Organic Law on Efficiency in Procurement, which states that decentralized governments are not the only institutions with power to collect these contributions, as opposed to what’s written in our Constitution and other legal regulations such as COOTAD, where it is implied that this matter should be handled exclusively at decentralized government level
Resumen : 
En el ordenamiento jurídico de nuestro país encontramos la figura de las Contribuciones Especiales, dentro de ellas tenemos las Contribuciones Especiales de Mejora. Estas son un tributo establecido legalmente para que mediante su cobro ayuden al correcto desarrollo del estado como tal. Pues bien, al tener un estado de derecho donde tenemos diferentes niveles de gobierno, es importante establecer, el destino que se dan al cobro por concepto de este tipo de Contribuciones, es por ello que se realizara un análisis académico donde se pueda establecer que entidad pública, está llamada a cobrar este tipo de Contribuciones Especiales de Mejoras a los ciudadanos, pues con la aprobada Ley Orgánica para la Eficiencia en la Contratación Pública donde se puede apreciar que los Gobiernos Autónomos Descentralizados no son los únicos que pueden recaudar dichos tributos y por tal motivo pueden existir confusión dentro de los ciudadanos ya que nuestra Constitución y otras normas legales tales como el COOTAD coinciden que dicho cobro es responsabilidad exclusiva de los Gobiernos Autónomos Descentralizados
Grado Académico: 
Abogado de los Tribunales de Justicia de la República y Licenciado en Ciencias Políticas y Sociales
URI : http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/31729
Aparece en las colecciones: Tesis de Pregrado

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